Cuando alguien contrata a un perito es porque confía en que el trabajo que le va a realizar le va a servir para su beneficio.
No obstante, no siempre es así. Primero, porque no tengamos razón nosotros, y recordemos que el perito no puede debe mentir, y segundo porque el perito efectivamente haya mentido y nos haya perjudicado.
En este último caso, claro que se le pueden pedir responsabilidades, ya que ha actuado de una forma incorrecta en su labor.
Por ello, debemos asegurarnos de que cuando contratamos a una persona como perito, esta persona dispone de un seguro de responsabilidad civil en vigor que le cubre la realización del trabajo para el que usted le está contratando.
Lamentablemente, cuando un perito es contratado de parte (es decir, por la parte demandante o por la parte demandada), tiende a perder objetividad en beneficio de su cliente, lo cual es inaceptable y carente tanto de moral como de ética como de conciencia. Y de irresponsabilidad ya mejor no hablemos, porque hay que saber que un perito que actúa con mala fe puede llegar incluso a ser inhabilitado, por lo que muy responsable no debe ser. Otra cosa es que tenga un fallo, que lo podemos tener todos, pero ¿actuar de mala fe? Eso no todos lo hacemos.
Por eso, tenemos que conocer muy bien al perito al que vamos a contratar y no influenciarle, repetimos lo que dijimos en el artículo anterior. Hay que colaborar y dejar trabajar, que si no, luego nos puede pasar factura cuando nuestros intereses estén de por medio.
En la calle hay Peritos con mayúsculas que saben lo que hacen y técnicos que ejercen de peritos que no lo saben. Hay que contratar de los primeros si queremos hacer las cosas bien.
Saludos a todos y todas.